Según una sentencia que se ha hecho pública hoy mismo, el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo ha determinado que las prestaciones por maternidad están exentas de pagar el IRPF.
Con este fallo definitivo, a partir de este 2018 no habrá que pagar impuestos por estas prestaciones y abre la puerta a solicitar la devolución de las cantidades retenidas para todas aquellas personas que hayan recibido esta prestación por maternidad para los ejercicios fiscales 2014, 2015, 2016 y 2017.
Además, aquellas personas que haya interpuesto recurso administrativo sobre este asunto, aunque sean de ejercicios anteriores a 2014, y mantengan vivo el procedimiento, también podrán solicitar la devolución de las cantidades retenidas. Algunas estimaciones cifran en un millón los contribuyentes que podrían reclamar la devolución de su dinero, por un valor acumulado de 1.000 millones de euros.
UGT celebra esta decisión del Supremo, que nos da la razón cuando defendíamos la incompatibilidad de gravar fiscalmente la prestación por maternidad.
UGT se pone a disposición de la plantilla de Telefónica para asesorar a todas las personas afectadas y ayudarles para reclamar su derecho y su dinero.