Una de las múltiples consecuencias de la pandemia Covid19 ha sido la del generalizado desplome bursátil. El fuerte declive de las economías, a raíz del parón de actividad, junto a la desapercibida crisis del petróleo, ha tenido un fortísimo impacto negativo en el valor de todas las cotizadas del mundo. Sin ir más lejos, el Ibex 35 ha perdido, desde el 19 de febrero al 11 de mayo, más de un 32% de valor teórico.
Como consecuencia, las principales empresas españolas cotizan a unos precios muy por debajo de su valor real, alcanzando mínimos históricos, lo que las hace presa fácil ante posibles maniobras hostiles, especialmente desde países de fuera de UE. Una situación de extrema debilidad que no ha pasado desapercibida a ni a gobiernos ni a reguladores.
Si en sendas comunicaciones del 19 de febrero y del 3 abril1http://ugtcomunicaciones.es/wordpress/el-gobierno-aumenta-el-blindaje-de-telefonica-ante-posibles-opas/informábamos que las medidas adoptadas por el Gobierno de España habían incrementado el blindaje de Telefónica ante OPAS hostiles, en poco más de tres días hemos visto como esta protección aumentaba hasta máximos desconocidos hasta la fecha.
Así, el pasado 8 de mayo, la Comisión Europea (máximo órgano de Gobierno de la Unión) aprobaba una profunda modificación2https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_20_838del “Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-193https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52020XC0404(01)&from=EN” que, sin entrar en muchos detalles, permite a los Estados Miembros “nacionalizaciones” temporales de sus empresas cotizadas, al objeto de dotarlas de soporte financiero. Entre las condiciones para que un Gobierno socorra el capital de una compañía cotizada están que dicha compañía sea de interés común (en el caso de Telefónica, el RD 8/2020 ya convirtió nuestra actividad en “esencial” por primera vez en la historia), que la ayuda tenga un límite temporal (a los seis años, los gobiernos deberán replegar la financiación) y la limitación de la remuneración de los directivos (bonus de ejecutivos), incluyendo la prohibición del pago de dividendos. En resumen, se faculta a cada país de la Unión para ayudar a sus principales empresas con dinero público a cambio de una serie de condiciones temporales.
A esta medida europea se acaba de sumar la reactivación4https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/05/08/mercados/1588948315_344681.htmlde una cautela inscrita en la Ley del Mercado de Valores, que proporciona a la CNMV poderes especiales ante OPAS hostiles. En concreto, el artículo 137 de dicha Ley otorga al regulador bursátil la posibilidad de activar un escudo contra maniobras de adquisición realizadas en situaciones de “catástrofes naturales, situaciones de guerra o calamidad u otras derivadas de fuerza mayor”. Al amparo de esta salvaguarda, la CNMV permitiría frenar en seco una OPA oportunista, tanto ante compradores europeos como del resto del mundo.
Como puede apreciarse, las tres protecciones (RD-Ley 8/2020 español, “Marco Temporal de ayudas públicas” de la CE y la Ley del Mercado de Valores de la CNMV) conforman un auténtico escudo, perfectamente aplicable a Telefónica, en el caso de cualquier intento oportunista de hacerse con el control de la compañía.
UGT valora positivamente la acertada concatenación de las citadas normas legales, diseñada al objeto de proteger el valor y el futuro de nuestras empresas y, por extensión, de nuestros empleos. Si bien entendemos que la fortaleza de Telefónica está bien acreditada, y mucho más después de la reciente operación en el Reino Unido, la confluencia de las citadas normas establece un oportuno punto de tranquilidad, evitando movimientos que pudiesen poner en peligro la continuidad de nuestro modelo social de diálogo, negociación y concertación que tan buenos resultados en materia de derechos económicos, sociales y laborales está dando a las personas trabajadoras del Grupo Telefónica.