Ante la excepcional situación social y sanitaria provocada por la COVID-19, la prioridad UGT ha sido en todo momento la preservación de la salud de las personas trabajadoras y sus familias, así como la continuidad de la prestación de los servicios y el mantenimiento del empleo, negociando, y alcanzando, acuerdos de gran calado en el entorno de las empresas del CEV y del Grupo Telefónica. Hemos respondido, así a la urgencia y gravedad de la situación desde nuestra responsabilidad y compromiso social y laboral, estableciendo en abril el PROTOCOLO PARA LA REINCORPORACION DE LA ACTIVIDAD ETAPAS POST-COVID-19 en Telefónica y, en mayo, el ACUERDO GLOBAL SOBRE PLANIFICACIÓN DEL PROCESO DE RETORNO EN LA CRISIS DEL COVID-19 entre Telefónica, el sindicato global UNI-ICTS y nuestras respectivas organizaciones sindicales.
Como extensión y consecuencia lógica de aquellos acuerdos, UGT ha avanzado en un nuevo Acuerdo extraordinario para la gestión de la desescalada en el procedimiento de retorno a los centros de trabajo, en el Grupo Telefónica en España, buscando un protocolo común que venga a clarificar, tranquilizar y despejar cualquier duda o preocupación de las personas trabajadoras respecto al futuro. Se garantiza, un regreso seguro a la actividad laboral, estableciendo para ello unas reglas claras que contemplen todas las posibles casuísticas y el compromiso de atender específicamente cualquier incidencia o problema que pudiera surgir en dicho proceso de retorno.
Este nuevo acuerdo permitirá gestionar la recuperación progresiva de la actividad laboral en los centros de trabajo, garantizando la seguridad y salud de las personas mediante un protocolo de actuación claro y sencillo, con medidas organizativas y preventivas generales que puedan ser adaptadas a las condiciones particulares de cada una de las jurídicas del Grupo Telefónica en España en función de la evolución de la pandemia y de la legislación que pueda surgir desde el Gobierno y las CCAA.
El acuerdo por tanto determina medidas para un regreso gradual a los centros de trabajo en el mes de septiembre, teniendo como referencia el inicio del periodo escolar de las diferentes CCAA, y del mes de Octubre para las empresas del CEV por su alto volumen de personas trabajadoras, estableciendo procedimientos de limpieza y desinfección de los centros de trabajo, dotación de equipos de protección, control de visitas de clientes y proveedores, gestión de espacios y límites de aforo de oficinas y zonas de descanso y restauración, manteniendo la distancia de seguridad, control de viajes, medidas de higiene, uso de mascarillas en los supuestos establecidos por las autoridades sanitarias, etc., así como protocolos de detección, monitorización y seguimiento proactivo de la salud de los empleados, estableciendo unos principios de actuación concretos en caso de detección de contagio por Covid-19, otorgando a la Comisión de Seguimiento plena capacidad para adoptar medidas en cada momento.
Además de las medidas sanitarias, el acuerdo pivota también en la organización del trabajo, estableciendo fórmulas de flexibilidad laboral para asegurar una adecuada distancia de seguridad y disminuir la probabilidad de contagios entre las personas trabajadoras, combinando la atención presencial con rotación en teletrabajo, a partir de septiembre, octubre para el CEV, atendiendo a la apertura del periodo escolar en las diferentes CCAA, estableciendo grupos estables, según necesidad de las áreas, sin sobrepasar los límites de aforo definidos en cada momento, y diferenciando a las personas trabajadoras englobadas en los colectivos de riesgo, los mayores de 60 años y los empleados con mayores dependientes a su cargo, cuyo retorno presencial no entrará en el sistema de rotación inicial, al igual que las personas trabajadoras que tuvieran contratos de Teletrabajo vigentes, que mantendrán sus condiciones previas a la situación de pandemia.
A este respecto, hasta el 31 diciembre de 2020 se mantendrá la actual situación excepcional de teletrabajo, de acuerdo con el sistema rotativo y mixto (presencial y teletrabajo) acordado, previendo su revisión para el año 2021 en función de la evolución de la crisis sanitaria.
UGT destaca el firme compromiso de avanzar hacia un nuevo modelo de trabajo en remoto (teletrabajo, flexwork, e-work, etc.), para su extensión bajo los principios de voluntariedad, reversibilidad y universalidad, dotando la empresa progresivamente los equipos informáticos necesarios, conscientes además de la existencia del proyecto de ley que regulará las condiciones para prestar trabajo de manera no presencial que supondrá la revisión de cualquier acuerdo adoptado.
UGT subraya igualmente que el acuerdo contempla tanto el derecho a la desconexión digital una vez finalizada la jornada laboral como el registro del inicio y de la finalización de la jornada, en cumplimiento de la legislación vigente, así como que la obligación de la Empresa de garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y garantía de derechos digitales.
Si añadimos los compromisos establecidos en materia de información y recomendaciones preventivas en materia Salud Laboral y de formación sobre riesgos laborales del trabajo en remoto, así como el mantenimiento de la Comisión de Seguimiento del COVID-19 durante todo el tiempo que pueda durar la crisis sanitaria, facultándola para seguir debatiendo y adoptando medidas complementarias adaptadas a las circunstancias específicas que pudieran surgir en áreas o centros concretos, para UGT el acuerdo establecido culmina con éxito una larga negociación cuyo objetivo es salvaguardar la salud y garantizar la continuidad de la actividad y los puestos de trabajo en uno de los momentos más difíciles y complejos que recordamos.