El jurado de Autocontrol, el organismo de autorregulación de la industria publicitaria en España, ha considerado la publicidad “gigas sin fin” de Euskatel como “engañosa1https://privada.autocontrol.es/bd-juridica/descarga/eyJpdiI6ImVHTnQxc2xJcHkzQkhsXC9ObnZTK3p3PT0iLCJ2YWx1ZSI6InR1RzBTckFTbWxcL09meWFaN2F0Mk93PT0iLCJtYWMiOiI1ZGVlZDQ5MTk1MzNlMWQxOTkzMThmNTg0NDQ3NGU4NDk5ZTNhNjVmZTU5ODAxZTZmOGQ1YzU0NGI4Yjg3Y2QzIn0=”.
La denuncia parte de Kontsumobide (el Instituto Vasco de Consumo), que solicitó a Autocontrol su opinión sobre si ofertar una tarifa denominada “Gigas sin fin”, cuando existe un límite de 25GB, puede considerarse un supuesto de publicidad engañosa que omite información necesaria para que el destinatario pueda adoptar una decisión sobre su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa.
A juicio de Autocontrol, “parece claro que a través de la alegación “Gigas sin fin” se
En consecuencia, para este organismo, las “Tarifas Oficiales Clientes Particulares y Autónomos” donde se desvela la existencia de un límite de 25 gigas, entran en una “contradictio in terminis”, ya que se presenta como “sin fin” -entendida como una tarifa “sin límites”- una tarifa que efectivamente tiene una limitación.
En consecuencia, el Jurado determinó que se estaba ante un supuesto de publicidad engañosa y, por tanto, incompatible con la norma 14 del Código de dicho organismo. No obstante, advierte Autocontrol, su dictamen es informativo y sin fuerza vinculante.
UGT Comunicaciones