En UGT no solemos entrar al tipo de confrontación donde parece que nos quieren llevar los compañeros/as de CCOO. Sin embargo, yrespecto a la polémica sobre la composición de los colegios electorales, nos vemos en la obligación de aclarar una situación que hemos pretendido contribuir a solventar y que otros, prisioneros en su contradicción, han acabado por intoxicar.
Es cierto que la composición de los colegios siempre ha correspondido a las mesas electorales, pero, dado que la situación actual es inédita en Telefónica de España, nos encontramos ante la necesidad de atender y resolver las dudas que pudieran existir al respecto, por lo que UGT valora convenienteaportar a los compañeros/as que van a integrar las mesas electorales, a modo de referencia orientativa, un posicionamiento emanado del CI, sin que ello suponga conculcar ninguna competencia de las respectivas mesas.
Seguimos insistiendo en que la sentencia del Supremo a la que hacen referencia dice que no se puede determinar por acuerdo colectivo un colegio único, sino que los colegios deben definirse en función de la actividad de los diferentes colectivos, debiendo decidir si hay trabajadores/as para mantener dos colegios o éstos se integran en un colegio único, si alguno de los colectivos no supera el mínimo establecido por la ley.
Esto se evidencia en el hecho de que en Lugo, afectada igualmente, pero omitida en sus comunicados, por una demanda contra el colegio único, no se aplicó la sentencia, manteniéndose la votación original, pero es curioso constatar como CCOO intenta enfangar sus argumentos para esconder su extraño interés en que el colegio II esté compuesto por el Grupo IV, como ya mostró el Secretario de la Federación de CCOO en Lugo, cuando pidió expresamente a Telefónica la ejecución de sentencia en los siguientes términos: “retrotraer el proceso electoral al momento de la elaboración de los dos censos electorales, a cada uno de los colegios electorales correspondientes según el criterio mantenido en los dos anteriores procesos electorales llevados a cabo”. Estamos hablando de una petición de octubre de 2016 que no realizan ni CIG, LAG, ELA, ESK, USO, STC o SITTEL, como afirman falsamente en su comunicado. La pide CCOO.
Cuando se recurre a la falsedad y malas maneras, aunque se presuma de latín, es porque se carece de argumentación, siendo imposible conjugar la contradicción de abogar públicamente por el colegio único y en cambio solicitar ejecución de sentencia para que existan dos.
UGT vamos a mantener en el CI que toda la plantilla de Telefónica de España debe de votar en el colegio I, en nuestro convencimiento de que el esfuerzo de los trabajadores/as y la evolución en sus actividades son suficiente argumentación para que solo exista un colegio y por entender que el colegio II no tiene ningún grupo laboral, o número suficiente de trabajadores/as, que lo sustente, y plenamente conscientes de que además la mayoría de los trabajadores del grupo IV siempre han votado en el colegio I.