UGT reclama que esta nueva actividad no implique cargas adicionales y propone mejoras para el Canal
La empresa ha informado a UGT acerca de la creación de una nueva actividad de Certificación de Puntos de Venta, que se va a realizar por Técnicos Comerciales del Canal Exclusivo, aproximadamente 47 personas, con inicio el próximo mes de abril y que la empresa comunicará a través de los medios habituales.
El objetivo que persigue la empresa es el conseguir que cada punto de venta carterizado cumpla con unos estándares de Imagen, Formación y Satisfacción (esta última a cargo del Distribuidor). Para ello, han diseñado esta actividad que consistirá en revisar presencialmente, una vez al mes, aspectos como, por ejemplo: cartelerías, dispositivos, información de precios, uniformes, PLV o TV u horarios (correspondencia entre la información de la web de Movistar y la indicada en tienda) y certificar el estado de estos a través de una APP. La propia APP, durante la actividad de certificación, podrá también pedir fotografías aleatorias relacionadas con los comentarios introducidos.
Por su parte, el nuevo PIC contemplará esta nueva actividad con un peso del 40%, distribuido en un 20% la certificación (realización de la certificación en las tiendas carterizadas) y un 20% de formación (certificación de la formación por parte de los comerciales carterizados del punto de venta). El resto del PIC estará formado por la actividad de ventas, que incluirá como novedad el indicador de Solar con un peso de un 10%. Así, en este nuevo PIC, se eliminan las palancas de BAF con cita previa y satisfacción, cuestión esta última que UGT considera positiva.
UGT, tras analizar la información proporcionada, ha realizado las siguientes demandas a la empresa de cara a impedir que esta nueva actividad implique una afectación a las condiciones actuales, así como corregir las situaciones que actualmente nos trasladan. En concreto:
- UGT ha exigido que esta nueva actividad no implique una modificación de las condiciones actuales de las personas trabajadoras, especialmente en cuanto se refiere a su jornada laboral y que esta no implique una carga de trabajo adicional. Al respecto, la empresa ha confirmado que no se alterarán los horarios.
- Que el PIC contemple solo cuestiones cuya consecución sea responsabilidad del técnico comercial. Al respecto, la empresa ha señalado que el 20% del PIC referente a la actividad de certificación de las tiendas queda supeditado a la realización de la certificación, no a su resultado. Por su parte, en lo referente a la certificación de los comerciales carterizados, la empresa señala que este propósito también se ha trasladado a los distintos distribuidores, hecho que debiera facilitar su cumplimiento.
- Esta organización ha solicitado que se tenga en cuenta la dispersión existente según la distribución geográfica desigual existente en las diferentes provincias y carteras. Por ello, UGT ha reclamado que se dote de flexibilidad a las personas para realizar las certificaciones a lo largo del mes natural, a lo que la empresa responde su conformidad.
- Que se dote de formación adecuada y de calidad dentro de la jornada laboral con vistas a conocer esta nueva actividad.
- Que, en caso de sustitución de carteras, el técnico comercial que vea incrementada su cartera no deba hacerse cargo de la certificación presencial de los puntos de venta del compañero/a sustituido. La empresa ha señalado que, en estos casos, se podrán realizar certificaciones automáticas.
- Asimismo, UGT ha reclamado que la totalidad de las ventas que se realicen en la tienda carterizada cuenten en el PIC, independientemente del medio utilizado para ello. Del mismo modo, hemos solicitado que los objetivos queden alineados entre lo que se solicita a los distribuidores y lo que se solicita internamente a los técnicos comerciales.
UGT velará durante la implantación de esta nueva actividad para analizar su funcionamiento y, si fuera el caso, reclamar aquellas cuestiones que puedan implicar cargas adicionales o perjuicios en el desarrollo profesional y cobro del incentivo de las personas trabajadoras.