En respuesta al escrito que UGT dirigió el 27 de abril al CCSS, donde solicitamos que se estableciese un protocolo que permitiera la retirada de la silla que tenga asignada en su puesto de trabajo a aquellos compañeros que así lo soliciten, para evitar trastornos musculoesqueléticos, la empresa ha respondido parcialmente en positivo anunciándonos un procedimiento para la retirada de sillas especiales.
Para ello se determina desde el CCSS el que facilitar la posibilidad de que aquellas personas del colectivo que tienen sillas especiales asignadas por prescripción médica anterior que lo soliciten puedan optar a disponer de esa silla especial mientras continúe en la situación anteriormente descrita (Trabajo Remoto Excepcional 100%), para poder usarla en su domicilio.
El mecanismo establecido será el siguiente:
Documento de Solicitud del Empleado con la aceptación de las condiciones de uso y conservación adecuados, como cualquier otro material que facilita la empresa para el trabajo. (Adjuntamos modelo de declaración responsable).
Este documento será enviado a SSGG al buzón TE_SERVICIOS GENERALES con el ASUNTO: “SALIDA SILLA PRESCRIPCION MEDICA” con copia a su responsable.
SSGG contestará con la validación de la petición, tras contrastar la idoneidad del caso.
El responsable de la persona realizará una Solicitud en SGA para salida de material (https://sgac.tesa:8443/sga/)
Anexando el correo de validación de SSGG para que, finalmente, Seguridad autorice la salida de Material.
Una vez autorizada dicha salida de material la persona podrá ir a su centro de trabajo a retirar la silla. Es conveniente señalar que puede ser necesario, también, la correspondiente autorización para desplazarse al centro de trabajo (dependiendo del nivel de restricción de desplazamientos en el que nos encontremos).
En definitiva, se trata sólo del colectivo de personas que tienen asignada una silla de especiales características por prescripción médica y aprobadas por SMPRL.
La medida es excepcional, asociada a la situación de trabajo remoto de contingencia que se ha establecido en la crisis sanitaria COVID-19 y temporal, una vez el empleado se incorpore a su puesto de trabajo tendrá que regresar la silla al centro.
Tiene que seguir un proceso de solicitud y Autorización.
La persona se encarga del transporte de la silla, tanto en la retirada a su domicilio como en el regreso al centro de trabajo cuando tenga lugar.
En el momento de la incorporación al centro de trabajo las personas que tengan la silla en su domicilio tendrán que devolverla e informar a SSGG a través del Buzón TE_SERVICIOS GENERALES.
UGT valoramos se haya estimado en parte nuestra petición. No obstante, seguimos insistiendo en la necesidad de prevenir posibles trastornos musculoesqueléticos y pedimos que el protocolo no ampare solo las sillas especiales, sino que se extienda al resto de trabajadores.
UGT, al igual que hemos realizado durante toda la crisis del COVID 19, seguiremos instando a la empresa en todos los foros donde estamos presentes a dar soluciones a los problemas que nos trasladan las personas trabajadoras, en estas circunstancias excepcionales, primando la seguridad y la salud de las personas trabajadoras.