Desde la última reunión de la Comisión de Seguimiento del COVID19, el número de Comunidades Autónomas que, por su alto índice de contagios, han decidido imponer restricciones a la movilidad, ya sea parcial, aplicándola solamente en horario nocturno, o total, mediante confinamiento perimetral, supone casi las dos terceras partes del territorio nacional, en un intento de frenar el preocupante aumento de la pandemia, similar al de países de nuestro entorno, que están adoptando medidas cautelares del mismo signo e incluso aún más radicales.
Cuando empezamos a conocer que algunas comunidades retornaban a fase II, recomendando priorizar en lo posible el teletrabajo y evitar los desplazamientos siempre que fuera posible, UGT solicitó a la empresa que tuviera en cuenta dichas recomendaciones que, aunque no eran de obligado cumplimiento, indicaban el camino que finalmente están adoptando la mayoría de Las Comunidades Autónomas.
UGT planteó a la empresa que deberíamos adoptar un indicador que sirviese como referencia y, a la vez, nos adelantásemos a las posibles decisiones de las autoridades competentes, lo que permitiría a la plantilla conocer con antelación si pueden acudir a la flexibilidad del 100% para teletrabajar acordada, sin tener que esperar a la correspondiente reunión de seguimiento del COVID o incluso a la decisión que tomasen en su respectiva Comunidad Autónoma, despejando así cualquier duda y proporcionando una cierta tranquilidad y seguridad a las personas trabajadoras a la hora de organizarse en su día a día.
Ante la actual situación, UGT ha pedido a la empresa que, además de la flexibilidad del 100% de teletrabajo, en las Comunidades que así lo han solicitado, debe de retomarse una disminución cautelar de todas las actividades no teletrabajables, evitando en lo posible el contacto con el cliente, atendiendo exclusivamente aquellas actividades que sean urgentes o estratégicas.
UGT entiende que la actual situación, muy lejos de la pretendida, exige una revisión y adaptación de los parámetros para la desescalada, siendo preciso alcanzar un acuerdo que ordene y ponga coherencia ante la disparidad de medidas que en cada Comunidad Autónoma se están adoptando.
En estas circunstancias, la empresa debe tener en cuenta que, por encima de cualquier otro interés, están la seguridad y la salud de todas las personas trabajadoras y, por supuesto, de sus familias y de la sociedad en general, siendo necesario el esfuerzo y la solidaridad de todos para superar esta grave situación.
En conclusión, ante la indefinición de la Comunidad de Madrid, UGT ha pedido a la empresa que retrase 15 días el momento de la prevista incorporación de la plantilla, planteando además que el criterio para optar a la flexibilidad de teletrabajar el 100% de la jornada en todos los territorios sea el indicador del índice de contagios que las propias autoridades sanitarias reflejan, independientemente de las decisiones que cada comunidad adopte, evitando así la actual improvisación y la desorganización que se está generando.
Para ello, hemos emplazado a la empresa a una reunión de la comisión de seguimiento en la que se dé respuesta a estos planteamientos de forma anticipada y concreta. Para UGT no es cuestión sólo de exigir la aplicación del acuerdo del 100% de flexibilidad en teletrabajo allí donde se restrinja la movilidad, sino de buscar parámetros objetivos que permitan, a lo largo del tiempo, la reincorporación con seguridad de las personas trabajadoras ante las diferentes y asimétricas circunstancias que se están produciendo entre comunidades.