Ante la comunicación de la empresa del pasado 21 de noviembre en la cual argumentaba que por un incremento de la actividad se podía restringir el disfrute de las vacaciones en un periodo determinado, y más concretamente durante los meses del periodo estival (junio a septiembre).
Desde UGT queremos manifestar nuestra disconformidad y además entendemos que esta medida que la empresa denomina como “causa justificada como pudiera ser el incremento de actividad por motivos de estacionalidad”, para este sindicato no se engloba dentro de las denominadas causas de fuerza mayor, y por lo tanto, entendemos, que no se pueden restringir el acceso de los trabajadores a los periodos antes mencionados.
Además, como ya paso en años anteriores, la empresa por su cuenta y riesgo ha establecido los denominados “clusters”, que es un sistema que establece que varias tiendas tengan que compartir los periodos vacacionales, las concurrencias establecidas por la misma y en mucho de los casos el que no haya periodos disponibles durante el periodo estival por el número de trabajadores que están incluidos en los “clusters” anteriormente citados, complicando la solicitud de estas, cuando esto sería más fácil si se realizase por centro de trabajo.
UGT, ante esta situación recomienda a todos los trabajadores y trabajadoras que realicen la solicitud de sus vacaciones vía SSFF y no por correo electrónico como solicitan sus mandos directos, ya que, esta situación provocaría indefensión al trabajador en el caso de tener que recurrir sus vacaciones a otras instancias, toda vez que no quedaría acreditada ni la solicitud de estas ni la denegación por parte de la Empresa.